Garantía

Las llantas que distribuimos están fabricadas con los mejores materiales, su calidad ha sido aprobada en laboratorios autorizados y cuentan con todas las regulaciones técnicas NOM (Norma Oficial Mexicana) pertinentes. En caso de que llegase a surgir alguna falla por defecto de fabricación, se hará efectiva su garantía en un plazo máximo de 12 meses después de su adquisición. ​

Cláusulas

I. El cliente se obliga a dejar su llanta por un periodo no mayor a 15 días para que sea revisado por el fabricante.

II. En caso de que el fabricante determine algún defecto de fabricación se comprometerá a entregar al cliente una llanta nueva, deduciendo el monto del desgaste por el uso.

III. En caso de que el fabricante determine que no es un defecto de fabricación, devolverá al cliente la llanta afectada, además de brindar un dictamen indicando la causa por la cual se genero un desperfecto en la llanta.

IV. En ningún caso se atenderán reclamaciones en llantas que presenten: reparaciones, descejadas, rodadas bajas o deformaciones ocasionadas por fallas mecánicas.

V. Para hacer válida la garantía será obligatorio presentar un comprobante de compra.

Garantía improcedente

La garantía de las llantas se perderá en cualquiera de las situaciones enlistadas a continuación:

I. Cuando se determine que existen daños en la suspensión del vehículo y no se le realice el mantenimiento pertinente en un periodo máximo de 3 días, ya que esta condición causa desgaste acelerado o disparejo en los neumáticos.

II. Cuando el cliente rechace el servicio de alineación en los nuevos neumáticos.

III. Cuando el cliente indique que realizará el cambio de sus piezas dañadas con algún taller externo dentro de un periodo no mayor a 15 días naturales después de la compra y no pueda comprobar con notas las reparaciones realizadas.

IV. Cuando el montaje de los neumáticos no sea realizado con los técnicos autorizados ni con el equipo adecuado o fuera de nuestras instalaciones.

V. Cuando no se cambie la válvula del neumático nuevo.

VI. Cuando ocurran daños por riesgos en el camino o imprudencia del conductor, como por ejemplo: banquetazos, golpes, cortes en el neumático, daños por frenado brusco, impactos, perforaciones, etcétera.

VII. Cuando las llantas hayan estado involucradas en un accidente automovilístico.

VIII. Cuando exista mantenimiento inadecuado del vehículo.

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